jueves, 12 de enero de 2023

Denuncia en la Suprema Corte contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa por Miguel Alfonso Meza

Presenté esta denuncia en la Suprema Corte contra  la ministra Yasmín Esquivel Mossa.


La UNAM confirmó su plagio. Eso implica que también declaró falsamente ante el Pleno de la Corte y la Fiscalía de la CDMX.

Denuncié a la ministra por dos faltas administrativas:

1. No preservar la dignidad ni el profesionalismo propios de la función judicial (falta prevista en el artículo 110, VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Una ministra de que plagia su tesis de licenciaturamiente cuando es descubierta; acusa a un ciudadano inocente de ser el victimario e, inclusive, presenta denuncias en su contra (con el posible delito de falsedad de declaraciones), no preserva la dignidad ni el profesionalismo propios de la función judicial.

La ministra Esquivel no solo mintió en sus comunicados. También mintió ante el Pleno de la Suprema Corte y, posiblemente (no es público el documento), en su denuncia ante la Fiscalía de la CDMX.

Esto dijo la ministra en la sesión del Pleno de la Corte el 2 de enero del 2023:


2. La denuncia también es porque la ministra tiene una notoria ineptitud para el desempeño de su cargo (artículo 110, III de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

"Inepta" no es un insulto: significa que no es apta para desempeñar el cago:


Recordemos que la Constitución establece que, para ser ministro de la Suprema Corte, es necesario gozar de buena reputación.

Una persona responsable de plagio, según resolvieron las autoridades de la UNAM, no cumple con este requisito.


Ahora falta esperar a que la nueva ministra presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, resuelva si debe iniciarse una investigación por la denuncia.

Confío en que resolverá apegada a nuestras leyes y la Constitución

Una vez que eso suceda, la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas de la SCJN debe iniciar una investigación.

Si concluye que hay una falta, debe presentar una acusación, sobre la cual juzgará el Pleno de la Corte.

¿Qué sanciones pueden aplicarse?

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación prevé que, tanto para faltas graves como no graves, puede destituirse, suspender e inhabilitar a los servidores públicos:


Acá comparto la denuncia completa que presenté (y foto pal'recuerdo)

Entre otras cosas, explica el porqué la ministra no está protegida con fuero constitucional para esta investigación y por qué los denunciantes debemos ser parte en el juicio que se inicie:
https://drive.google.com/file/d/17372mRBpBjRH8o1bsoJDWQ9GJeHtyugx/view


@MiguelMezaC

No hay comentarios:

Publicar un comentario